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Claves para comprender facilmente el proceso de reconversión monetaria

24 de mayo de 2018
A propósito de que el próximo 4 de junio de 2018 entra en vigencia la reconversión monetaria en Venezuela, según Decreto N° 24 del Ejecutivo Nacional, publicado en Gaceta Oficial N° 41.366, el pasado 22 de marzo; queremos compartir contigo una lista de claves para que fácilmente
puedas comprender este nuevo proceso económico.

Toda esta información ha sido consultada al Banco Central de Venezuela (BCV) en su portal web y tomada de declaraciones de las autoridades venezolanas en los diferentes medios de comunicación.

La reconversión monetaria viene a ser la modificación total del cono monetario vigente en Venezuela.

La reconversión implica el cambio de escala monetaria y de todo lo que se exprese en bolívares con la eliminación de tres ceros. 

El cono monetario es el conjunto de monedas que existen y circulan simultáneamente en un país. 

El nuevo cono monetario está compuesto por monedas de 0,50 céntimos y 1 bolívar y billetes de 2, 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500 bolívares.

El fin de aplicar la reconversión monetaria es:
    • Reducir cómputos de las transacciones económicas.
      Facilitar el registro contable de las transacciones .
      Simplificar los manejos financieros y presupuestarios de Venezuela.
Desde el 1 de mayo comerciantes y prestadores de servicios comenzaron a mostrar precios y tarifas al público en bolívares actuales y bolívares soberanos (Bs. S.), con la intención de familiarizar sobre la nueva moneda al venezolano.

El 17 de mayo de 2018 entró en vigencia los nuevos montos de tarifas y comisiones por actividades u operaciones en las entidades bancarias, expresados en Bs y Bs. S. y según aviso oficial publicado en Gaceta Oficial N° 41.392, de fecha 08 de mayo de 2018.

Los cheques y demás títulos de crédito emitidos a partir del 4 de junio de 2018 se entenderá que atienden en su monto a la reconversión monetaria.

El empleo de la expresión “bolívares soberanos” o el símbolo “Bs. S.” no constituirá causal de devolución o invalidación del cheque emitido.

No será necesario que el librador del cheque utilice la expresión “bolívares soberanos” o el símbolo “Bs. S” en el espacio dispuesto en tales instrumentos donde se escribir el monto en números o letras.

Las instituciones financieras no requerirán la sustitución o emisión de nuevas chequeras y títulos de crédito. A partir del 1 de julio, los cheques que hayan sido emitidos antes del 4 de junio podrán cobrarse únicamente en las taquillas bancarias respectivas y su pago será en billetes del nuevo cono monetario circulante.

Respecto a los tipos de cambio, según el ente emisor, el número de decimales a ser utilizado será el que corresponda a cada divisa, conforme a la determinación efectuada por el BCV a través de su página web.

Los precios de bienes y servicios, se entiende que toda fracción que sea inferior a 0,5 céntimos, será igual al céntimo inferior, mientras que el de la fracción que sea igual o superior a 0,5 céntimos, será igual al céntimo superior.

Hasta con 3 decimales, se podrán expresar los siguientes casos:
    • Combustibles de uso automotor.
      Gas licuado a granel.
      Servicios de agua, electricidad, gas metano, aseo urbano, telefonía e internet.
      Acciones que se cotizan en el mercado bursátil .
      Los tipos de cambio.
Corresponde a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sudeban) recibir y tramitar todas las denuncias y reclamos que se susciten en virtud del incumplimiento de alguno de los preceptos contenidos
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